En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, emitió la tarde de este martes 6 de febrero, la objeción parcial a la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, remitida hoy mismo por la Asamblea Nacional. Con la finalidad de “mejorar el texto propuesto en función de su aplicación objetiva y de entendimiento pleno”.
Por consiguiente, además, a fin de garantizar el flujo financiero necesario para enfrentar el difícil escenario económico nacional, agravado por la inseguridad, el mandatario dispone:
Art.-(.).- La tarifa del Impuesto al Valor Agregado será del 5% en las transferencias locales de materiales de construcción.
Art. 65.- La tarifa del impuesto al valor agregado es del 13%.
Con base en las condiciones de las finanzas públicas y de balanzas de pago. El Presidente de la República podrá modificar la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado, previo dictamen favorable del ente rector de las finanzas públicas. En ningún caso la tarifa podrá ser inferior al 13% ni mayor al 15, salvo las excepciones previstas en esta ley.