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Reforma al COIP: Propone pena de 3 años de cárcel por la transmisión intencional de enfermedades infectocontagiosas

La Asamblea Nacional de Ecuador está trabajando en fortalecer las medidas de prevención y control de enfermedades infectocontagiosas. En el marco del debate sobre las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que iniciaron ayer en el Pleno, se ha propuesto una pena de 3 años de cárcel para aquellas personas que, siendo conscientes de tener una enfermedad infectocontagiosa con riesgo grave para la vida, la transmitan de manera intencional.

La propuesta se centra en situaciones específicas, aplicándose a individuos que donen sangre, semen, leche materna, tejidos u órganos sin informar sobre su condición. También se considera en el caso de mantener relaciones sexuales sin notificar a la otra persona acerca de su condición de infectado, así como si el individuo comparte o utiliza un objeto invasivo o cortante con la intención de infectar a otros.

Las enfermedades infectocontagiosas incluidas, según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), son el VIH, sida, hepatitis B y C, tuberculosis, malaria, así como todas las enfermedades de transmisión sexual.

Bajo esta propuesta, las personas infectadas que conocen su condición y cometen el delito podrían enfrentar una pena de 3 años de cárcel. Sin embargo, la aplicación de esta medida dependerá de la aprobación de las reformas al COIP que incluyen esta sanción. Estas reformas están en discusión desde el 15 de febrero y se espera que, de ser aprobadas, fortalezcan el marco legal para prevenir la propagación de enfermedades infectocontagiosas en el país.

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