Los ciudadanos que incurrieron en contravenciones electorales durante la consulta popular del 21 de abril de 2024 ya pueden comenzar a pagar las multas estipuladas en el Código de la Democracia. El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció el 16 de julio que es posible verificar si existen multas pendientes accediendo a la página oficial del CNE o en las delegaciones provinciales.
¿Dónde y cuándo pueden pagarse estas multas? El organismo electoral indicó que las multas solo podrán ser canceladas de forma presencial en las 24 Delegaciones Electorales Provinciales, que atienden de lunes a viernes de 08:30 a 16:30.
El CNE advierte que, de no realizar los pagos correspondientes, se iniciará un proceso coactivo, según lo establecido en la Ley. Las contravenciones que tienen una multa equivalente al 50% de una remuneración mensual básica unificada son las siguientes:
- Realizar propaganda dentro del recinto electoral el día de los comicios.
- Hacer propaganda electoral en los días en que está prohibida por la ley.
- Expender o consumir bebidas alcohólicas en los días de prohibición (ley seca).
- Ingresar al recinto electoral o presentarse a votar en estado de embriaguez.
- Provocar alteraciones o perturbaciones en el desarrollo de las votaciones, dentro o fuera de los recintos electorales.
- Presentarse a votar portando armas.
Además, quienes no se presentaron a votar en este y otros procesos anteriores, o quienes no acudieron a conformar las Juntas Receptoras del Voto, también pueden cancelar sus multas.