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CNE empieza cobro de multas por proselitismo y expendio de licor en elecciones

Los ciudadanos que incurrieron en contravenciones electorales durante la consulta popular del 21 de abril de 2024 ya pueden comenzar a pagar las multas estipuladas en el Código de la Democracia. El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció el 16 de julio que es posible verificar si existen multas pendientes accediendo a la página oficial del CNE o en las delegaciones provinciales.

¿Dónde y cuándo pueden pagarse estas multas? El organismo electoral indicó que las multas solo podrán ser canceladas de forma presencial en las 24 Delegaciones Electorales Provinciales, que atienden de lunes a viernes de 08:30 a 16:30.

El CNE advierte que, de no realizar los pagos correspondientes, se iniciará un proceso coactivo, según lo establecido en la Ley. Las contravenciones que tienen una multa equivalente al 50% de una remuneración mensual básica unificada son las siguientes:

  • Realizar propaganda dentro del recinto electoral el día de los comicios.
  • Hacer propaganda electoral en los días en que está prohibida por la ley.
  • Expender o consumir bebidas alcohólicas en los días de prohibición (ley seca).
  • Ingresar al recinto electoral o presentarse a votar en estado de embriaguez.
  • Provocar alteraciones o perturbaciones en el desarrollo de las votaciones, dentro o fuera de los recintos electorales.
  • Presentarse a votar portando armas.

Además, quienes no se presentaron a votar en este y otros procesos anteriores, o quienes no acudieron a conformar las Juntas Receptoras del Voto, también pueden cancelar sus multas.

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