La Corte Constitucional inadmitió la acción extraordinaria de protección presentada por el movimiento Revolución Ciudadana para dejar sin efecto la suspensión impuesta por el Tribunal Contencioso Electoral. Con esta decisión, la sanción administrativa se mantiene vigente.
El máximo organismo de justicia constitucional determinó que la acción fue presentada contra una resolución emitida por el Tribunal Contencioso Electoral durante el periodo electoral, un tipo de decisión que, según la normativa vigente, no puede ser objeto de este recurso.

La suspensión del movimiento fue dictada en marzo de 2026 tras la admisión de una denuncia de la Fiscalía General del Estado dentro del caso denominado ‘Caja Chica’. En esa investigación se indaga el presunto ingreso de dinero ilícito para financiar la campaña presidencial del correísmo en 2023.
Con la decisión de la Corte Constitucional, la Revolución Ciudadana no podrá participar como organización política en las próximas elecciones seccionales. Ante este escenario, sus principales dirigentes anunciaron que buscarán participar bajo el auspicio del movimiento Amigo mientras continúan las investigaciones por este caso.