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miércoles, septiembre 27, 2023

CNE descalificó candidatura de Borja para Alcaldía de Rumiñahui tras incumplir con requisito de pertenencia

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La reforma al Código de la Democracia que exige que para ser candidato a una dignidad de elección popular se debe haber cumplido varios requisitos, entre ellos constar en el registro electoral del lugar al que desea representar, se estrenó con el político Gustavo Baroja, que por el momento lo inhabilitó a participar como candidato a la Alcaldía del cantón Rumiñahui.

En el proceso de resolución de recursos de impugnación a la calificación de candidaturas para las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) conoció la noche del 26 de septiembre en una plenaria, de un informe de la Junta Electoral de Pichincha que negó la inscripción de Baroja, que fue un activo militante del gobierno de Rafael Correa.

Los candidatos para las seccionales del 2023 no estarán obligados a cumplir el requisito de haber sufragado en la jurisdicción a la que quieren representar

Ahora es candidato por la alianza Unidos por la reconstrucción, que la integran los movimientos (PID) lista 4, los partidos Unidad Popular (UP) lista 2, Avanza lista 8; y, el movimiento local Rumiñahui en Acción lista 2 y Mover lista 35 (antes Alianza PAIS).

Su postulación fue objetada por tres sujetos políticos: el movimiento provincial Todos lista 70; el movimiento Revolución Ciudadana lista 5 y una alianza denominada Renace, quienes alegaron el incumplimiento de uno de los requisitos establecidos en el numeral 2 del artículo 95 del Código de la Democracia.

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