
El nuevo Reglamento a la Ley de Movilidad Humana, emitido por el presidente Guillermo Lasso el 18 de febrero, presta más atención a los procesos relacionados con los ecuatorianos, como migrantes o como retornados.
Los ecuatoriano que retornen al país únicamente podrán importar bienes de menaje de casa, pertenecientes a los miembros del núcleo familiar que consten en el certificado de migrante retornado.
El Servicio Nacional de Aduana establecerá el listado y las cantidades admisibles de las mercancías que serán consideradas como menaje de casa.
Sin embargo, las prendas de vestir, calzado y accesorios no podrán superar los 200 kilos. Esto aplica para el migrante y para cada uno de los integrantes del núcleo familiar, guardando relación en talla y cantidad.