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sábado, mayo 27, 2023

Junta Monetaria da 61 días más de plazo para registrar deudas bancarias vencidas

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La Junta Monetaria estableció un nuevo plazo que tendrán los bancos para el registro de las cuentas vencidas, el mismo aplicará desde el pasado 31 de octubre del 2020 hasta el 31 de junio del 2021, de esta manera, en ese periodo, cada vez que una operación quede vencida se le otorgan 61 días más para proceder a registrarla como tal.

Esta acción no es un nuevo diferimiento, sino mas bien de un último plazo antes que dicha deuda quede registrada como vencida y por tanto también cambien las calificaciones de la morosidad de los clientes.

Para este jueves 12 de noviembre termina el plazo que se estableció para las diversas facilidades, a través de la Junta de Política de Regulación Monetaria y Financiera y la Ley de Apoyo Humanitario en torno al manejo de las deudas en el sistema financiero.

Las mismas tenían que ver con el diferimiento extraordinario de deudas, el paso de deudas a registro vencido e incluso el no afectar la calificación crediticia por mora.

El texto de la resolución indica: “Por esta única vez, las entidades bancarias en los estados financieros con corte al 31 de octubre de 2020 y hasta los estados financieros con corte al 30 de junio de 2021 registrarán la transferencia a las cuentas vencidas, todas las operaciones de los diferentes segmentos de crédito que no hubieren sido pagados en la fecha de vencimiento, a los 61 días.

Además, en la resolución se establece una nueva tabla de provisiones que deberá cumplir la banca, en torno a las deudas vencidas.

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