
«Orden que el señor director nacional del SNAI en virtud a un informe ambiguo, y camuflado con una negativa tácita, niega el cumplimiento de la orden dada por autoridad competente, desacatando la normativa constitucional, ocasionando que hasta la presente fecha no se cumpla con el mencionado mandato, insisto, desacatando la orden de una autoridad competente, yéndose en contra de mandato constitucional, lo cual conlleva a que se haya violentado la norma constitucional antes invocada y la norma penal en mención», dispuso el juez Juan Carlos Terán, en un documento judicial suscrito a las 20:00 del miércoles 7 de octubre para el traslado del recluso Jacobo Bucaram a un centro carcelario en Guayaquil.
El juez Terán el pasado 1 de octubre dispuso el traslado del hijo del expresidente de la República, Abdalá Bucaram, al alegar que éste se encuentra en grupos de atención prioritaria, por lo que de manera inmediata se lo debía ser trasladar.
«De no realizarlo, se oficiará inmediatamente a la Fiscalía General del Estado para que se inicie proceso penal por incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente», señaló, al citar que aquello es sancionado con penas de uno a tres años de cárcel.